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TENGO QUE PAGAR ALGÚN IMPUESTO POR MI MUDANZA?

Se pueden dar dos casos, que solicite la franquicia por cambio de residencia o que no lo haga.

  • En el primero de los casos para acogerse a la franquicia para su mudanza de Madrid a Tenerife y no pagar impuestos a la llegada , se deberá de cumplir con dos requisitos:

 

    1. haber residido en Madrid al menos durante los 12 meses anteriores a la fecha de alta en Canarias
    2. comprometerse a no vender los objetos acogidos a franquicia pasado 1 año desde la importación.  En el caso de vehículos no se podrá vender antes de cumplido el año desde su llegada a Canarias. La información ampliada la puedes encontrar pinchando sobre el siguiente enlace.

DOCUMENTOS ADUANAS

  • En el segundo de los casos , no se acogerá a la franquicia. Por no cumplir el requisito de haber estado empadronado fuera de Canarias al menos durante 12 meses. En es caso se  liquidara un impuesto de importación, siendo el valor de este impuestos el 6.5% del valor declarado por usted.

 

A efectos prácticos la valoración dada a los efectos personales será aprox. de 1 Euro por kilo de mercancía transportada.